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La Constitución española se aprobó el 6 de diciembre de 1978 mediante referéndum y entró en vigor el día 29. Puso fin a 36 años de dictadura de Francisco Franco y fue resultado de la transición política que iniciaron los principales partidos tras su muerte en 1975. Durante este periodo, el objetivo fue convertir a España en otra monarquía parlamentaria europea. Para ello se aprobó en 1976 la Ley para la Reforma Política, que permitió el pluralismo y preveía elecciones libres, y se encargó redactar la Constitución.
El texto constitucional de 1978 fue el primero en España que nació del consenso de las fuerzas políticas del momento. Las seis anteriores habían sido conservadoras o progresistas en función del Gobierno que las aprobó. Además, la carta magna vigente es una de las más largas de Europa, con 169 artículos. En su Título Preliminar declara que España es un Estado social y democrático que adopta la forma de una monarquía parlamentaria y que su soberanía reside en el pueblo español.
Negociaciones y los “pactos del mantel”
La comisión que redactaría la Constitución española se reunió por primera vez en agosto de 1977. La integraban siete representantes de los principales partidos políticos: tres de la Unión de Centro Democrático (UCD), dos del Partido Socialista Obrero Español (PSOE), uno de Alianza Popular (AP) y uno del Partido Comunista Español (PCE). Catalanes y vascos quedaron excluidos por reivindicar mayor autonomía para sus territorios, aunque el PSOE cedió un asiento a la coalición catalana Pacte Democràtic.
Aunque el texto reflejaría el consenso político de la Transición, hubo desacuerdos. De hecho, al principio todo fueron discrepancias y el segundo borrador que se presentó ante el Congreso de los Diputados en diciembre recibió más de 3.000 enmiendas. Los representantes no se ponían de acuerdo sobre la forma de Estado, su (a)confesionalidad y el modelo territorial. Más espinosa fue la mención a las “nacionalidades” del artículo 2, que recoge el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones españolas. AP quería que se hablase de “nación” para anular la reivindicación nacionalista de vascos y catalanes.
Las diferencias llegaron a tal punto que bloquearon el proceso constituyente, de manera que UCD y PSOE iniciaron una estrategia distinta: los “pactos del mantel”. Los siete representantes pactaron acuerdos como la abolición de la pena de muerte o la forma del Estado a lo largo de 1978 tras largas comidas en restaurantes madrileños donde discutían sobre los artículos de la Constitución. Esta práctica más distendida dio sus frutos: el 20 de junio de 1978 la comisión presentó el borrador final de la carta magna, aprobado por sus siete miembros. Finalmente, las Cortes aprobaron el texto en octubre y la población hizo lo propio en el referéndum del 6 de diciembre con casi el 88% de los votos del 59% del censo electoral.
Dos reformas a una Constitución española asentada
La Constitución española de 1978 tiene casi medio siglo y sólo se ha reformado dos veces, para cumplir con la normativa de la Unión Europea. Primero se modificó el artículo 13 en 1992 para que los extranjeros pudiesen presentarse como candidatos a las elecciones municipales. Diecinueve años después, el presidente Mariano Rajoy, del Partido Popular, y el líder opositor José Luis Rodríguez Zapatero, del PSOE, acordaron modificar el artículo 135 para cumplir con el techo máximo de déficit estructural aprobado por la Unión.
La mayoría de los españoles, no obstante, quiere más reformas. Un estudio del Centro de Investigaciones Sociológicas reveló en 2018 que el 70% de los ciudadanos estaba a favor de una reforma importante de la Constitución, que incluiría una revisión del modelo territorial y de la forma política del Estado. Este deseo de cambio aumentó sobre todo a raíz del auge del independentismo catalán, que puso de manifiesto los problemas del modelo territorial español.
Sin embargo, una reforma de esa envergadura es difícil, ya que los mecanismos para modificar la Constitución española en ese caso exigen unas mayorías improbables en el tablero político reciente. Primero, dos tercios del Congreso y del Senado tendrían que aprobar la propuesta, a lo que seguiría una disolución de las Cámaras y la celebración de elecciones. Después, dos tercios de las nuevas Cámaras tendrían que aceptar la reforma y a continuación ésta se sometería a referéndum para su ratificación.