16 de diciembre de 1966

16 de diciembre de 1966: se aprueba el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

Como la Declaración Universal de los Derechos Humanos no obligaba a los Estados a cumplirla, fue necesario un instrumento que les comprometiese. El resultado llegó en 1966 con la aprobación de dos Pactos Internacionales, uno de ellos el de Derechos Civiles y Políticos, en la Asamblea General de la ONU.
16 de diciembre de 1966: se aprueba el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
Salón de sesiones de la Asamblea General de la ONU. Fuente: Naciones Unidas (Wikimedia Commons)

Esta funcionalidad está reservada a suscriptores. Suscríbete por solo 5€ al mes.Guardar artículo

Tras la Segunda Guerra Mundial, la Organización de las Naciones Unidas se creó en 1945 con el objetivo de garantizar la paz, la seguridad y, por tanto, la protección de los derechos humanos. En 1948 la Asamblea General de la ONU consiguió aprobar la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que reconocía por primera vez a nivel internacional los derechos y las libertades básicas de todas las personas. Sin embargo, las discrepancias entre los dos bloques internacionales de la Guerra Fría frenó el consenso necesario para aprobar un tratado que fuese obligatorio. Por tanto, la Declaración de 1948 se quedó como un ideal orientativo que dependía de la voluntad de cada Estado. 

Las negociaciones para elaborar un instrumento con obligaciones jurídicas continuaron durante los años siguientes. Pero mientras el bloque capitalista insistía en los derechos civiles y políticos, el comunista daba más importancia a los económicos, sociales y culturales. Por ello, dividieron los esfuerzos en dos textos, cada uno dedicado a un grupo de derechos, bajo la condición de que debían aprobarse en simultáneo para transmitir cierta unidad. Así, la Asamblea General aprobó el 16 de diciembre de 1966 dos Pactos Internacionales: el de Derechos Civiles y Políticos, que cuenta con 173 Estados parte y 75 signatarios, y el de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, con 171 y 71, respectivamente.

¿Qué son los derechos civiles y políticos?

Los derechos civiles y políticos reivindican la libertad, la seguridad y la autonomía del individuo frente al poder del Estado. Tienen origen en el liberalismo clásico del siglo XVII y XVIII, que inspiró las revoluciones liberales que ocurrieron desde entonces. Así, la Revolución gloriosa en Inglaterra dio lugar a la Declaración de Derechos de 1689, y la Revolución francesa a la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789.

Estos derechos conformaron la primera generación de derechos humanos, que sentó las bases de las democracias occidentales. Con el tiempo se ampliaron hasta garantizar la participación en la vida política y social en igualdad de condiciones y sin discriminación, como recoge el artículo 2 de la Declaración Universal. Dado que estos derechos respondían a la historia y los valores del bloque occidental, este centró sus esfuerzos en ellos en detrimento de los derechos económicos, sociales y culturales.

El resultado fue el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que fue aprobado en 1966, pero no entró en vigor hasta 1976. Compuesto por 53 artículos, profundiza en lo recogido en 1948, donde ya aparecían los derechos a la vida, a no ser torturado ni esclavizado, a la participación política, a la privacidad y a la justicia. Asimismo, incluye las libertades de expresión, pensamiento, asociación y circulación, entre otras. Pero añadía, como novedad, el derecho a la libre determinación de los pueblos y a la protección del menor.

Mecanismos para vigilar el respeto a los derechos humanos

El gran avance de este pacto venía recogido en el artículo 2, donde se establecía la obligación de los Estados a respetar y garantizar los derechos reconocidos de todas las personas que se encuentren en su territorio. Para evitar la vulneración de derechos, los Estados deben desarrollar los procedimientos legislativos necesarios y asegurar la posibilidad de denunciar cualquier violación ante un tribunal imparcial.

Además, dentro del mismo pacto se fijan mecanismos para controlar que los Estados lo cumplan. El principal vigilante es el Comité de Derechos Humanos, compuesto por dieciocho expertos independientes que examinan el grado de cumplimiento de estos derechos a través de los informes periódicos que los Estados están obligados a enviar, así como de los emitidos por otros Estados u organizaciones interestatales y de la sociedad civil. En función de estos exámenes, el Comité emite sus recomendaciones y preocupaciones a los Estados.

Dos protocolos adicionales ampliaron el pacto

Para asegurar que los Estados cumpliesen sus obligaciones, la Asamblea General de la ONU adoptó el Primer Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos el mismo 16 de diciembre de 1966. Gracias a este instrumento adicional, que cuenta con 116 Estados parte y 35 signatarios, los individuos pueden comunicarle al Comité de Derechos Humanos cualquier violación sufrida de los derechos enunciados en el pacto. 

El Segundo Protocolo Facultativo se aprobó en 1989, con el fin de abolir la pena de muerte. Sin embargo, solo lo han ratificado 89 países de los 173 que se adscribieron al Pacto Internacional, y destaca la ausencia de potencias como Estados Unidos, China, Rusia e India. Ambos protocolos, junto a los dos Pactos Internacionales, el Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales y la Declaración Universal conforman la llamada Carta Internacional de los Derechos Humanos.

Julen Kenk

Madrid, 1999. Graduado en Historia por la Universidad Complutense. Máster en Diplomacia y Relaciones Internacionales por la Escuela Diplomática. Apasionado de las conexiones entre el deporte, la política y la historia.

Comentarios